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ACCION:
Título de propiedad de carácter negociable representativo de una parte
alícuota del patrimonio de una sociedad o empresa. Otorga a sus titulares
derechos que pueden ser ejercicios colectivamente y/o individualmente. |
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ACCIONES EN
CIRCULACION: Número de acciones emitidas por una sociedad que
pueden ser libremente transadas en el mercado. |
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ACCION DE
GOCE: Es la que se entrega a un socio para compensar aportes de
servicio. |
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ACCION
INACTIVA: Aquella que no ha registrado cotización oficial en
ninguna bolsa de valores del país durante los últimos treinta (30) días
calendario. |
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ACCION
NOMINATIVA: Acción que identifica el nombre de su propietario. Su
transferencia debe ser registrada en un libro especial en la empresa
emisora denominado LIBRO DE REGISTRO DE ACCIONES. Actualmente, de acuerdo
con las normas del Pacto Andino, las acciones en Colombia sólo son de esta
clase. |
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ACCION
ORDINARIA: Acción que tiene la característica de conceder a su
titular ciertos derechos de participación en la sociedad emisora entre los
cuales está el de percibir dividendos, y el voto en la Asamblea. |
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ACCION
PREFERENCIAL: Acción que da a su poseedor prioridad en el pago de
dividendos y/o en caso de disolución de la empresa, el reembolso del
capital. Tiene prerrogativas de carácter económico que pueden ser
acumulativas, según los estatutos. No da derecho a voto en las Asambleas
de los accionistas, excepto cuando se específica este derecho ó
cuando ocurren eventos especiales como la no declaración de dividendos
preferenciales. |
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ACCIÓN
PRIVILEGIADA:Esta clase de acciones otorga a su titular, además de
los derechos consagrados para las acciones ordinarias, los siguientes
privilegios: a- Un derecho preferencial para su reembolso en caso de
liquidación hasta concurrencia de su valor nominal. b- Un derecho a que de
las utilidades se les destine, en primer término, una cuota determinable o
no. La acumulación no podrá extenderse a un período superior a 5 años. c-
Cualquier otra prerrogativa de carácter exclusivamente económico. En
ningún caso podrán otorgarse privilegios que consistan en voto múltiple, o
que priven de sus derechos de modo permanente a los propietarios de
acciones comunes. |
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ACCIONISTA: Es aquella persona
propietaria de acciones y poseedor del título que las representa, quien
además se encuentra debidamente inscrito en el libro de registro de
accionistas de la respectiva sociedad emisora. |
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ACEPTACION
BANCARIA O FINANCIERA:Son letras de cambio giradas por un comprador
de mercancías o bienes muebles a favor del vendedor de los mismos. Estas
letras se convierten en aceptaciones bancarias o financieras cuando el
girador de la letra, comprador o importador, solicita al banco,
corporación financiera, corporación de ahorro y vivienda o compañía de
financiamiento comercial que acepte la responsabilidad principal por el
pago oportuno de la misma. El plazo máximo de estos papeles es de 360
días. |
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ACTIVO:
Representa los bienes y derechos de la empresa. Dentro del concepto de
bienes están el efectivo, los inventarios, los activos fijos, etc. Dentro
del concepto de derechos se pueden clasificar las cuentas por cobrar, las
inversiones en papel del mercado, las valorizaciones, etc. |
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ACTIVO
FINANCIERO:Cualquier título de contenido patrimonial, crediticio o
representativo de mercancías. |
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ACTIVOS DE
RENTA FIJA: Títulos que permiten conocer la rentabilidad de la
inversión antes del momento de la redención, ya que este monto no depende
del desempeño de la entidad emisora. Ejemplo: bonos. |
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ACTIVOS DE
RENTA VARIABLE:Títulos valores que por sus características solo
permiten conocer la rentabilidad de la inversión en el momento de su
redención, dependiendo del desempeño de la entidad emisora entre otras.
Ejemplo: Acciones. |
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ACTIVOS
FIJOS: Activos tangibles o intangibles que se presume son de
naturaleza permanente porque son necesarios para las actividades normales
de una compañía y no serán vendidos o desechados en el corto plazo, ni por
razones comerciales. |
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ADMINISTRADOR
DE LA EMISION:Intermediario financiero que se responsabiliza de los
procesos relacionados con la emisión, colocación y redención de las
emisiones de títulos valores. |
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ADMINISTRADOR
DE TITULARIZACIONES: Es la entidad encargada de la administración,
custodia y conservación de los activos o bienes objeto de la
titularización, así como del recaudo y transferencia al agente de manejo
de los flujos provenientes de dichos activos o bienes. Puede actuar como
administrador de una titularización el originador de la misma, el agente
de manejo o una persona diferente. Sin embargo, la actuación del
administrador no exonera al agente de manejo de su responsabilidad en la
realización diligente de los actos necesarios para la consecución de la
finalidad perseguida en el proceso de titularización. |
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ADR:American Depositary Receipts-
Certificados negociables que se cotizan en uno o más mercados accionarios,
diferentes del mercado de origen de la emisión y constituyen la propiedad
de un número determinado de acciones. Fueron creados por Morgan Bank en
1927 con el fin de incentivar la colocación de títulos extranjeros en
Estados Unidos. Cuando la negociación se va a realizar en dicho país se
constituyen American Depositary Receips ADR, y cuando se pretende su
transacción fuera de los Estados Unidos, se establecen programas de Global
Depositary Receipts -GDR. |
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ADUANA:
Servicio gubernamental responsable de la valuación y cobranza de los
derechos e impuestos por importaciones y exportaciones, y de la aplicación
de otras leyes y reglamentos que se aplican a la importación, tránsito y
exportación de artículos. |
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AGENTE DE
MANEJO:En los procesos de titularización, es el vocero del
patrimonio autónomo. Se encarga de recaudar los recursos provenientes de
la emisión y se relaciona con los inversionistas en virtud de tal vocería,
de acuerdo con los derechos incorporados en los títulos. El agente de
manejo debe velar por el manejo seguro y eficiente de los recursos que
ingresen al patrimonio. En Colombia se encuentran facultados para actuar
como agentes de manejo en procesos de titularización las sociedades
fiduciarias y las demás entidades financieras autorizadas para celebrar
contratos de fiducia. También las sociedades comisionistas de bolsa pueden
ser agentes de manejo a través de fondos de valores administrados por
ellas. |
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AHORRO:
Parte del ingreso (nacional, familiar o personal) que no se destina a la
compra de bienes de consumo. El ahorro se obtiene restándole a los
ingresos totales el gasto total en consumo. De esta forma, Ahorro =
Ingresos - Gastos. El ahorro privado lo llevan a cabo las unidades
familiares y las empresas, mientras que el ahorro público lo realiza el
gobierno. |
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AHORRO
FINANCIERO:Conjunto de activos rentables emitidos, tanto por el
sistema financiero como por el Gobierno, que han sido acumulados a través
del tiempo. El ahorro financiero se calcula como M3 + Bonos. |
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AHORRO
MACROECONOMICO: Es la diferencia entre el ingreso y el consumo. |
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AHORRO
NACIONAL:Ahorro realizado por todos los agentes económicos de un
país, tanto privado (personas o empresas) como público (Gobierno) e
influye sobre las tasas de interés y de inversión. |
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AHORRO
PRIVADO: Es la diferencia entre los ingresos y el consumo de las
unidades familiares y de las empresas. |
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AHORRO
PUBLICO:la diferencia entre los ingresos y gastos del gobierno. |
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AJUSTES
INTEGRALES POR INFLACIÓN: Es el reconocimiento en los estados
financieros del efecto de la inflación. El ajuste se aplica sobre las
partidas no monetarias, utilizando para ello el PAAG, que es el porcentaje
equivalente a la variación del Indice de Precios al Consumidor para
ingresos medios, establecido por el DANE. |
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AMORTIZACION:Reducciones graduales de
la deuda a través de pagos periódicos sobre el capital prestado.
Recuperación de los fondos invertidos en un activo de una empresa. |
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ANALISIS
FINANCIERO: Es un conjunto de principios, técnicos y procedimientos
que se utilizan para transformar la información reflejada en los estados
financieros, en información procesada, utilizable para la toma de
decisiones económicas, tales como nuevas inversiones, fusiones de
empresas, concesión de crédito, etc. |
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ANALISIS
FUNDAMENTAL O ESTRUCTURAL:Enfoque de análisis del mercado
accionario,en el que se estudian todos los factores relevantes que pueden
influir sobre el comportamiento futuro de las utilidades y dividendos de
las empresas y, por tanto, del precio de sus acciones. Bajo esta teoría el
factor determinante es el "valor de la empresa" y el precio de la acción
siempre se ajustará a dicho valor. |
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ANALISIS
HORIZONTAL: El análisis horizontal se ocupa de los cambios en las
cuentas individuales de un período a otro y, por lo tanto, requiere de dos
o más estados financieros de la misma clase, representados para períodos
diferentes. Es un análisis dinámico, porque se ocupa del cambio o
movimiento de cada cuenta de un período a otro. |
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ANALISIS
TECNICO:Enfoque de análisis del mercado accionario, en el que se
estudian todos los factores relacionados con la oferta y demanda real de
las acciones. Mediante la utilización de gráficos de acciones (chartismo)
y de diferentes indicadores del mercado accionario, se trata de medir el
"pulso del mercado" y predecir los movimientos futuros de su precio. Al
contrario del análisis fundamental, esta teoría toma como factor
determinante el precio que el mercado esté dispuesto a pagar por una
acción y por lo tanto determinará el valor de la misma. El análisis se
debe centrar en los cambios "extraordinarios" o más significativos, en
cuya determinación es fundamental tener en cuenta tanto las variaciones
absolutas como las relativas. |
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ANALISIS
VERTICAL: Consiste en tomar un solo estado financiero y relacionar
cada una de sus partes con un total determinado dentro del mismo estado,
el cual se denomina cifra base. Es un análisis estético pues estudia la
situación financiera en un momento determinado, sin considerar los cambios
ocurridos a través del tiempo. El aspecto más importante del análisis
vertical es la interpretación de los porcentajes. Las cifras absolutas nos
muestran la importancia de cada rubro en la composición del respectivo
estado financiero y su significado en la estructura de la empresa. Por el
contrario el porcentaje que cada cuenta presenta sobre una cifra base nos
dice mucho de su importancia como tal, de las políticas de la empresa, del
tipo de empresa, de la estructura financiera, de los márgenes de
rentabilidad, etc. |
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AÑO
CORRIDO:Se refiere al período comprendido entre el primero de enero
y el día en que va el año en curso, del cual se va a realizar el cálculo
de un índice, cifra o indicador. En inglés se conoce como YTD (Year to
Date). |
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APALANCAMIENTO
FINANCIERO: Endeudamiento de una empresa con el ánimo de
incrementar su capacidad productiva y por ende sus ventas. |
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APERTURA
ECONOMICA:Conjunto de medidas de carácter económico y legislativo
que facilitan el ejercicio del comercio internacional, permitiendo la
libre entrada y salida de bienes, servicios, capitales y tecnologías sin
restricciones arancelarias. |
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ARANCEL: Impuesto o derecho que se
cobra a los bienes de importación. Generalmente, el término "derecho
arancelario" indica la clasificación exacta de la mercancía, y por ende,
la tasa que debe pagar una mercancía por entrar o salir de un país. Por su
parte, la palabra "arancel" es utilizada para denotar la lista de
mercancías con sus respectivos derechos aduanales, que serán pagados al
gobierno por parte de los importadores de los productos. |
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ASOBANCARIA
(ASOCIACION BANCARIA Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DE COLOMBIA):Gremio
de las instituciones financieras que además de promover y mantener la
confianza del público en el sector financiero, contribuye a su
modernización. |
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AUDITORIA: Revisión de los resultados
de una empresa que generalmente realiza una entidad externa a ella. |
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AUMENTO DE
CAPITAL:Incorporación al capital de la empresa de reservas y/o
nuevos recursos, efectuado normalmente mediante derechos de suscripción
para los accionistas. Requiere de la aprobación de la Asamblea de
Accionistas o del Directorio en caso de capital autorizado. |
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AVAL:
Figura mediante la cual una entidad se compromete a responder por
determinadas obligaciones adquiridas por otra entidad, en caso de que
esta, como principal obligada, las incumpla. Para el caso de las emisiones
en el mercado de valores el aval lo debe otorgar un establecimiento de
crédito vigilado por la Superintendencia Bancaria. |
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